Detodos los gastos deducibles por alquiler, los gastos de reparación y mantenimiento y los gastos financieros, están limitados al total de los ingresos del alquiler, pudiendo aplicarte el exceso en los 4 años siguientes. Así que si haces una reforma importante, podrás compensarlo con los rendimientos inmobiliarios de hasta 5 años. El
Lasdeducciones promovidas por la nueva ley avecinan cambios en las bonificaciones del propietario: 50% si se baja el precio del alquiler como mínimo un 5%. 70% para alquileres a jóvenes de entre 18 y 35 años o por nuevo contrato con mejoras. 90% para alquiler en zonas tensionadas. 30% adicional si el arrendador recibe los
Ladeducción para menores de 36 años, que podrán desgravar un 15% del alquiler hasta un máximo de 450€ . Esto aumenta al 20% con un límite de 612€ en el caso de que el alquiler sea en una
Elepígrafe 861.1, de "Alquiler de viviendas", que comprende, según su nota 1.ª, el alquiler, con o sin opción de compra, de toda clase de inmuebles destinados a vivienda. El epígrafe 861.2, de "Alquiler de locales industriales y otros alquileres n.c.o.p.", que comprende, según su nota 1.ª, el arrendamiento de terrenos, locales
Alquilerde vivienda habitual. Se podrán aplicar una de las dos siguientes deducciones: El 20% de las cantidades satisfechas en el período impositivo con el límite de deducción de 1.600 euros anuales. El 25% de las cantidades satisfechas en el período impositivo con un límite de deducción de 2.000 euros anuales cuando se trate de
Deducciónpor alquiler de vivienda habitual. Pueden deducir el 15% por lo pagado en el ejercicio en concepto de alquiler de la vivienda habitual con un tope de 600 euros anuales (900 euros si el contribuyente es discapacitado) los siguientes contribuyentes: Los que al cierre del ejercicio sean menores de 35 años, Los mayores de 65 años a
M9Vv9vd. 469 32 11 46 30 368 478 471 440
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